Una de las funciones principales que la Ley de la Función Estadística Pública otorga al Consejo Superior de Estadística es dictaminar preceptivamente todos los proyectos de estadísticas para fines estatales.
Las estadísticas para fines estatales objeto de dictamen son:
- Nuevas operaciones que se incorporan por primera vez a un Plan Estadístico Nacional.
- Operaciones dictaminadas con anterioridad por el CSE que modifiquen sustancialmente su metodología. Se incluyen:
- Los cambios de base.
- Los cambios metodológicos propiamente dichos.
- Los módulos fijos o variables (ad-hoc), periódicos o irregulares introducidos con posterioridad al dictamen.
- El resto de operaciones estadísticas incluidas en el Plan, que todavía no hayan sido dictaminadas.
El procedimiento de dictamen del CSE está regulado por el Acuerdo de procedimiento de dictamen por el Consejo Superior de Estadística, aprobado por el Consejo en su sesión plenaria de 11 de diciembre de 2017.